El Ministerio de Producción confirmó que desde el 1 de febrero hasta el 2 de marzo de 2026 regirá la primera veda del cangrejo en Ecuador, una medida clave de conservación pesquera que prohíbe de forma estricta todas las actividades extractivas y comerciales relacionadas con estas especies durante este periodo.
Objetivo de la Veda y Especies Afectadas
La veda tiene como finalidad proteger las etapas críticas del ciclo biológico del cangrejo rojo (Ucides occidentalis) y el cangrejo azul (Cardiosoma crassum), específicamente las fases de pre-apareo, cortejo y cópula, donde estos crustáceos son particularmente sensibles a la presión humana.
Las autoridades destacan que estas restricciones son fundamentales para garantizar la sostenibilidad del recurso a largo plazo, preservar los ecosistemas de manglar y asegurar una actividad pesquera más ordenada y productiva en el país.
Prohibiciones Establecidas
Durante el periodo de veda, queda prohibido en todo el territorio nacional:
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La captura y recolección de cangrejos.
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El transporte y posesión de estos crustáceos.
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El procesamiento, tanto artesanal como industrial.
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La comercialización, tanto internamente dentro del país como para exportación.
Esta prohibición incluye a pescadores artesanales, comercializadores, restaurantes y cualquier actor económico que participe en la cadena de valor del cangrejo.
Contexto Científico y de Manejo Pesquero
Según un comunicado oficial del Ministerio de Producción, las “vedas reproductivas” constituyen una herramienta técnica de manejo pesquero esencial, ya que permiten que los animales completen procesos biológicos clave sin la presión que ejerce la extracción humana. Esto contribuye a incrementar la biomasa de la población y a mejorar la resiliencia del recurso.
Esta normativa se alinea con prácticas pesqueras sustentables recomendadas por organismos técnicos y con el objetivo de proteger la biodiversidad marina, al tiempo que busca garantizar el sustento de las comunidades que dependen de esta actividad.
Sanciones por Incumplimiento
El incumplimiento de las disposiciones de la veda tiene consecuencias severas:
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Las faltas son tratadas conforme a la Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca, que contempla sanciones administrativas y económicas.
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En casos graves, los infractores pueden ser puestos a órdenes de la Fiscalía, enfrentando procesos penales bajo el Código Orgánico Integral Penal.
Estas sanciones buscan disuadir la pesca ilegal y reforzar el respeto por las normas que protegen los recursos naturales.
Próximos Periodos de Veda en 2026
Además de esta primera fase por reproducción, las autoridades ya han definido un segundo periodo de veda para el año 2026, que comprende del 1 al 30 de septiembre. Esta segunda etapa está orientada a proteger a los cangrejos durante su muda de caparazón, una fase en la que son más vulnerables y su consumo representa un riesgo para la salud
Llamado a la Comunidad Pesquera y Consumidores
El Ministerio de Producción y las autoridades ambientales han solicitado a pescadores, distribuidores, mercados y consumidores:
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Mantenerse informados sobre las fechas y alcances de la veda.
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Respetar las prohibiciones establecidas para contribuir a la conservación de la especie.
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Planificar sus actividades productivas y comerciales conforme a los periodos permitidos.


