Instituciones públicas deberán solicitar al CNE autorización para difundir publicidad

El artículo 207 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, señala que desde la convocatoria a elecciones y durante la campaña electoral todas las instituciones públicas están prohibidas de difundir publicidad a través de radio, televisión, medios digitales, vallas publicitarias, prensa escrita u otros medios impresos, salvo algunas excepciones previstas en dicha ley. En este contexto, una vez que el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) convocó a las Elecciones Seccionales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) 2023, las instituciones del sector público que requieran autorización por parte del órgano electoral deberán solicitar mediante un oficio dirigido a la máxima autoridad del CNE, en el que se especificará y motivará la solicitud, y a su vez adjuntar el material o pieza publicitaria en su formato correspondiente. De esta manera el CNE ratifica su compromiso de trabajo honesto, imparcial, apegado a la Constitución y al Código de la Democracia para garantizar unas elecciones transparentes y justas. Más información disponible en la página web www.cne.gob.ec, botón “Elecciones Seccionales y CPCCS 2023”, sección “Promoción Electoral”.

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